Procedimiento mediante el cual se presenta escrito dirigido al Defensor Universitario de la Universidad, conforme a los establecido en el art. 10 del Reglamento del Defensor Universitario. Se podrán presentar observaciones, reclamaciones o quejas.
Dicho escrito se acompañará, a ser posible, de los documentos o pruebas que puedan servir para el esclarecimiento de los hechos o de cualquier información que se considere de ayuda para la labor del Defensor Universitario.
El Defensor Universitario recibirá todos los escritos que se formulen, que decidirá tramitar o rechazar en un plazo de quince días hábiles. Las decisiones del Defensor Universitario no tendrán carácter vinculante, ni serán susceptibles de recurso alguno.
No obstante, todos los miembros de la Comunidad Universitaria están obligados a prestar colaboración y auxilio ante las actuaciones del Defensor Universitario, quien puede realizar una intensa labor de mediación y conciliación.